Reclamación de deuda

De antemano gracias por atenderme, mi pregunta es, si una empresa le debe dinero a un proveedor, y dicha empresa cierra,¿durante cuánto tiempo se le puede reclamar la deuda? Hace 5 años que me devén unos dineros y no estaqria mal poder cobrarlos, ¿pero desde entonces nunca los he reclamado judicialmente y no se si esa deuda habrá prescrito? Gracias

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Las reclamaciones de cantidad prescriben a los 15 de años de su devengo.
Habría que ver la viabilidad de la reclamación y si dicha sociedad que adeuda la cantidad está ya en liquidación ante el Registro Mercantil o no.

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