Incapacidad permanente en grado parcial

Hola buenas tardes Joseamart, se ha celebrado el juicio por mi demanda y hemos "ganado", bueno se condena a la mutua a pagarme las 24 mensualidades de acuerdo al los art. 137.1.a) y 138.1 y 2 de la Ley General de la Seguridad Social. Lo que quiero saber es ¿qué viene ahora? ¿Cuáles son los pasos siguientes? Tengo cita con la Abogada para la semana que viene pero me reconcome mi ignorancia.
Respuesta
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Es su abogado quien deberá informarle en esa cita sobre la posibilidad de recurrir esa sentencia para pedir la total, pues con la parcial no tiene derecho a cobrar una pensión, sino solo a esa cantidad a tanto alzado
Debe ser su abogado que es quien ha llevado su caso y conoce todos los pormenores el que le informe sobre la posibilidad de ese recurso

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