Recurso de multas

Hola muy buenas, te explico:
Tengo un coche a nombre de la empresa que era de mi pareja, la empresa ya cerro y el cambio de nombre no esta echo ni el de notificación de las multas tampoco.
En el año 2008 me pusieron una multa por aparcar en un vado permanente y no se me llevo la grúa el coche porque no tiene el ayuntamiento en cuestión.(( Yo page en el banco la dicha cantidad de la multa ))
Resulta que 17-01-2011 recibo una notificación de la agencia Tributaria sobre que tengo de pagar una sanción de 236,00 euros de la sanción por no identificar a conductor más 47,20 recargo de apremiado ordinario.
¿Cómo puede ser que habiendo pagado la multa en su día ahora me digan que tengo más sanción por no haber identificado al conductor?
La denuncia es del servei català de transit (catalunya )
En principio les he llamado y me han remitido a que ponga una alegación.
Haber si me puedes ayudar a como tengo de hacer esta alegación sobre la multa de no identificar al conductor.
Lo que haré en primer lugar es pagarla para que no me emvargen como se suele hacer.
mi coreo es [email protected]
Espero que me ayudes cuanto antes para poder hacer el escrito.

1 respuesta

Respuesta
Desde aquí no podemos failitarle ningún escrito, pues esta es una web de consultas generales y gratuita.
En principio, usted esta obligado a informar del conductor del vehículo y como no lo ha hecho, por eso le sancionan... Si usted pago la sanción en su momento, puede intentar alegar que se pago la sanción y por lo tanto se tenia que archivar o cerrar el expediente sancionador, pero para poder indicarle más, seria necesario ver si se puede acoger a la normativa antigua...
Lo primero, seria personarse en el expediente, para tener acceso a toda la información y tramites realizados... Solicite por escrito que se lo manden a su dirección.
Le recomendamos que cambie la titularidad del vehículo, para evitar más sanciones.
Seguramente tendrá que pagar y el recurso que presente, no sera atendido, pues es la forma usual de trabajar de este organismo para estos casos... Si luego lo desea, puede presentar Contencioso Administrativo, pero por ese importe, le saldría muy caro...
Agradecemos valoración de la respuesta.

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