Rescisión de contrato de alquiler
Actualmente vivo de alquiler desde hace un año y medio y tengo planeado comprarme un piso.
Mi contrato de alquiler dice lo siguiente en una de las clausulas "La duración del presente contrato, libremente estipulada por las partes contratantes, es de UN AÑO sin perjuicio del derecho del arrendatario a la prorroga del mismo conforme alo dispuesto en los artículos 9 y 19 de la Ley de Arrendamientos Urbanos, Ley 29/1994 de 24 de Noviembre"
Otra clausula dice "La parte arrendataria es obligada a notificar a la arrendadora con dos mese de antrelacion la resolución contractual anticipada, cosa de no hacerlo, se penalizara con la indemnización, a favor de la parte arrendadora, de una mensualidad".
Por ello mi pregunta es la siguiente, ¿si aviso al propietario con dos meses de antelación tal y como indica la clausula, este puede exigirme que pague los meses de alquiler que quedan de contrato hasta llegar a los 2 años?
Dicha comunicación ¿debo de hacerlo por escrito/burofax?
Mi contrato de alquiler dice lo siguiente en una de las clausulas "La duración del presente contrato, libremente estipulada por las partes contratantes, es de UN AÑO sin perjuicio del derecho del arrendatario a la prorroga del mismo conforme alo dispuesto en los artículos 9 y 19 de la Ley de Arrendamientos Urbanos, Ley 29/1994 de 24 de Noviembre"
Otra clausula dice "La parte arrendataria es obligada a notificar a la arrendadora con dos mese de antrelacion la resolución contractual anticipada, cosa de no hacerlo, se penalizara con la indemnización, a favor de la parte arrendadora, de una mensualidad".
Por ello mi pregunta es la siguiente, ¿si aviso al propietario con dos meses de antelación tal y como indica la clausula, este puede exigirme que pague los meses de alquiler que quedan de contrato hasta llegar a los 2 años?
Dicha comunicación ¿debo de hacerlo por escrito/burofax?
2 respuestas
Respuesta de Abogados Edo
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Respuesta de joseamart
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