Apelar contencioso administrativo ganado

Tengo ganado un contencioso administrativo, me dan la razón pero no condenan a la parte contraria en costas porque no aprecian temeridad o mala fe, quiero apelar a pesar de todo porque quiero aclarar una información del procedimiento que no se tubo en cuenta y atenerme por otra parte al 2 párrafo del art. 139.1 LJCA/1998. " ... El recurso perdiera su finalidad", para pedir costas, ¿esta apelación significaría mucha inversión y seria viable?

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Lo que tiene que tener en cuenta es que en apelación si la pierde sería usted condenado a costas
La regla general en los contenciosos administrativos es que no haya costas, para conseguir esa condena hay que trabajarse mucho las argumentaciones en la demanda, y aún así es complicado que las haya
Ante todo gracias por su pronta respuesta, recibí el fallo el viernes por medio de mi abogado, pero por teléfono, ya sabe las cosas no quedan claras muchas veces, dado que no me puedo poner en contacto nuevamente con él hasta el lunes, no me resignaba a estar angustiado hasta entonces por ello es por lo que hice la consulta, a parte de tener una segunda opinión, lo cual le agradezco.
Quizá no me exprese bien o quizá si, no lo sé, ¿lo qué quiero decir es que aun siendo condenada la administración no se le imponen costas (en lo que yo podría recuperar algo de mis gastos que ascienden a unos 1500?, pecata minuta... pero, para un humilde trabajador significan un gran esfuerzo y más en estos días que corren...
Más si cabe cuando tienes la razón y el propio Juez así lo confirma, pero no se atiene al apartado 2 del art 139:
... No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, se impondrán las costas a la parte cuyas pretensiones hayan sido desestimadas cuando de otra manera se haría perder al recurso su finalidad.
Tengo el complejo de una hormiga contra una apisonadora.
Lo que no me queda muy claro es el montante aproximado de esa posible apelación.
Muchas gracias de nuevo por su tiempo.
Para que impongan las costas se ha de argumentar en la primera instancia las razones por las que de no imponer las costas haría perder al recurso su finalidad
Esto sirve para las reclamaciones de escasa cuantía, como son las multas de tráfico cuando no son excesivas
De todas formas y como le he comentado lo mejor es que lo hable con su abogado que es a quien corresponde valorarle las posibilidades de recurrir
Las costas de la apelación dependen del interés económico de la pretensión, debe ser su abogado quien le realice la posible estimación de la condena en costas de la apelación en caso de perder

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