Requerimiento juzgado contencioso administrativo
He recibido un requerimiento del juzgado contencioso administrativo en el que me dan 10 días para pagar el resto de una minuta que no he pagado por parecerme excesiva. En ningún momento ha habido una aceptación expresa de ningún presupuesto de honorarios. Únicamente se ha reclamado después de obtener la sentencia favorable.
Mis preguntas son:
· ¿Una reclamación de una deuda a través del Juzgado puede contestarse sin intervención de abogado/procurador?
· En caso afirmativo el reclamante recibirá la respuesta a través del Juzgado. ¿Qué pasa a partir de la recepción de dicha respuesta?
· Si el reclamante inicia una demanda, ¿se puede pagar entonces la deuda? . En ese caso ¿se para el proceso judicial sin más gastos para el deudor?
· ¿Hay algún criterio o baremo oficial que regule el importe de la minuta del abogado?
· ¿La minuta del abogado puede alcanzar el 30% de la cantidad recuperada en el proceso que intervino dicho abogado?
Mis preguntas son:
· ¿Una reclamación de una deuda a través del Juzgado puede contestarse sin intervención de abogado/procurador?
· En caso afirmativo el reclamante recibirá la respuesta a través del Juzgado. ¿Qué pasa a partir de la recepción de dicha respuesta?
· Si el reclamante inicia una demanda, ¿se puede pagar entonces la deuda? . En ese caso ¿se para el proceso judicial sin más gastos para el deudor?
· ¿Hay algún criterio o baremo oficial que regule el importe de la minuta del abogado?
· ¿La minuta del abogado puede alcanzar el 30% de la cantidad recuperada en el proceso que intervino dicho abogado?
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Respuesta de joseamart
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