Rescisión de contrato compraventa naves

Sr abogado, estoy en otro juicio. Compre una pequeña nave industrial por contrato de compraventa. Incumplido la entrega por parte de la promotora. Alega fuerza mayor porque existe una lineade alta tensión que pasa a unos 4 metros de la nave paralelamente. He resindido el contrato. Mi pregunta es que normativa o jurisprudencia puedo aportar. Atentamente. También alegar que como la linea es anterior a la construccíon y urbanización del polígono podrían haberla soterrado previamente a la construcción de las naves.

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¿Qué cuantía tiene ese proceso? ¿Actúa por medio de abogado?
¿62072?. Ya que me faltaba más de la mitad por entregar y no me acababan las naves. Si actualmente tengo abogado, pero tengo que reconocer que estos se les piden que sean arquitectos, peritos, administrativos es muy difícil que puedan aportar una imagen muy global de todo.
Cuanto de nosotros conocemos los requisitos de una instalación alta tensión, los riesgos prevención riesgos laborares y la relación empresa instaladora con ayuntamientos o Ministerio de Industria. Para un profesional de la construcción ya es bastante difícil. Además alegan fuerza mayor, y no habrá muchas sentencias al respecto. Referentes a rescisión del contrato compraventa por lineas de alta tensión.
Particularmente, aporto toda la información que puedo al abogado, porque en algunas decisiones erróneas o mal explicadas, puede decidirse un juicio. Esto es casi una lotería. En este la procuradora no me metió el poder up acta, y la parte contraria por poco me hecha el caso atrás, lo que pasa es que el juzgado se equivoco al no avisarnos y darnos la entrada de demanda por buena, el abogado contrario no puso en el suplico la revocación de la causa, y pudimos tirar para adelante.
El ayuntamiento construyo unas naves allí, en la misma linea paralela a la alta tensíon, y estos pudieron edificar, y la mía no pueden. Pido requerimiento notarial al ayuntamiento, sobre licencias y como han podido construir las suyas. Y nada silencio administrativo. Para colmo tengo al jefe arquitecto de urbanismo como testigo de la parte contraria.
Es su abogado quien debe encontrar la jurisprudencia que mejor se adapte a sus exigencias, yo no puedo indicarle como debe encarar su abogado esta reclamación, primero porque las normas deontológicas de la abogacía nos impiden entrometernos en un asunto que está llevando un compañero y segundo porque sería contraproducente para sus propios intereses
Es su abogado que ha estudiado a fondo su caso y que conoce el derecho quien debe decidir como plantear su caso, que normativa y jurisprudencia es la que conviene alegar y aportar en su demanda
Una vez que se ha presentado la demanda las pretensiones no pueden ya variarse
Como siempre esta usted muy acertado. Lo único que ocurre que este tipo de preguntas, es mucho para un abogado, ya que no son profesionales de todo. Ni conocen toda la normativa, casos prácticos de cada cosa.

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