Silencio administrativo

Hola, en Enero del año 2010 presente un recurso de alzada contra una sanción de trafico de 150 Euros y la perdida de 2 puntos, me acogí al pronto pago con el descuento del 30% y al mismo tiempo recurrí, a día de hoy no me han contestado al recurso, ¿es silencio administrativo? ¿Puedo acudir al contencioso administrativo? ¿Qué puedo hacer?

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Al haberse realizado antes de la entrada en vigor de la reforma de la ley de tráfico el pronto pago no excluye la posibilidad de recurrir en alzada (con la nueva redacción de la ley el pronto pago impide tanto las alegaciones como el recurso de alzada)
El plazo que tiene la administración para resolver el recurso de alzada son 3 meses, si no se resuelve expresamente se entiende rechazado y entonces dispone un plazo de 6 meses para acudir a la vía judicial contencioso administrativa, en su caso lamentablemente han pasado estos plazos

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