Ejecución de sentencia

Buenas tardes Sr. Pholmo, me dirijo de nuevo a Vd. Ya que con anterioridad le he estado preguntado sobre el mismo tema le recuerdo cual era. En el año 2006 lleve una prenda a la tintorería y me la encogieron, presente una demanda en el juzgado, tuve juicio verbal y gane. Solicite ejecución de sentencia y tardaron 1 año en decirme que sus cuentas no había dinero, solicite una ampliación de averiguación patrimonial y después de 1 año más me dicen que la sociedad no existe. Bien esta tintorería esta en el mismo sitio y regentada por las mismas personas pero con distinto nombre social. Mi pregunta es ¿cómo puedo cobrar esta deuda si la sociedad limitada ya no existe? ¿Por qué el juzgado no ha pedido la averiguación patrimonial de los administradores? Ya que se que la señora esta cobrando una pensión por minusvalía y como le he comentado solo han cambiado el nombre social. ¿Estoy más que desesperada que puedo hacer? Otra cosita el juzgado con este tema se ha demorado más de 2 años en una averiguación patrimonial y la ultima vez que hable con la señorita que llevaba el tema me animo a que pusiese una demanda o reclamación al juzgado por esta demora y claro que lo quiero hacer ya que si hubiesen actuado con más rapidez esta empresa no hubiese desaparecido y hubiese podido cobrar ya de una vez ¿dónde, cómo puedo poner esta denuncia al juzgado? Muchas gracias y reciba un saludo.

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Respecto a la primera cuestión sobre como derivar la responsabilidad a los administradores sociales, no es una cuestión sencilla que pueda explicársela en un simple mensaje, es un tema bastante complejo, hay que demostrar una mala gestión, que no se han realizado las obligaciones contables conforme exige la ley, solo en caso de que la indemnización fuera elevada merecería la pena meterse en este asunto, puede intentarlo solicitando asistencia jurídica gratuita en el colegio de abogados para que le nombren un abogado de oficio porque sin abogado le va a resultar muy complicado derivar esa responsabilidad a los administradores
En cuanto a la segunda cuestión existe la posibilidad de dirigir una reclamación por responsabilidad patrimonial contra el Ministerio de Justicicia por el mal funcionamiento de la Administración de Justicia que ha determinado que esa empresa devenga insolvente y usted no pueda ahora cobrar esa indemnización
Primero debe presentar una reclamación en vía administrativa contra el ministerio y si se la desestiman una demanda judicial contencioso administrativo
En este enlace puede ver sus principios básicos: http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/lo6-1985.l3t5.html
Gracias por su contestación Una aclaración si presento la reclamación contra el ministerio de justicia esta reclamación ¿solo sirve como reclamación o el ministerio tendría me tendría que indemnizar por la mala gestión del Juzgado? En relación a derivar la responsabilidad a los administradores ¿tendría alguna posibilidad? ¿O sea voy a poder cobrar esto de alguna manera? Muchas gracias Un saludo.
En cuanto al tema de la reclamación al Ministerio de Justicia, éste resolvería en función de sus alegaciones y el expediente judicial, es una reclamación que tiene que resolver el Ministerio de Justicia y en caso que se lo desestimen deberá reclamar contra el Ministerio de Justicia ante la Jurisdicción contencioso administrativa
En cuanto al tema de la responsabilidad de los administradores ya le he comentado que no es fácil, yo no conozco su caso con la profundidad necesaria como para aventurarle si finalmente cobrará o no o las posibilidades que tendría en esa reclamación, es necesario un estudio a fondo para poder hacer algún tipo de previsión

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