Deuda comunitaria al comprar vivienda

Buenos días,
compre una vivienda el pasado Noviembre del 2010. Me pasaron un papel que la vivienda estaba libre de cargas. Pero ayer tuve una junta de vecinos, y me entere que hay una deuda que se arrastra desde el año pasado, ¿de 2.690?. La solución que le han dado por mayoría, es subir la cuota de la comunidad, y pasar 3 recibos extras. Mi pregunta es: ¿Tengo la obligación de soportar una deuda comunitaria que se genera antes de mi llegada y compra de la vivienda en su totalidad, o debería soportar desde la fecha que compre la vivienda, y ser obligación del antiguo propietario ( que es el veciino de la puerta de al lado)?.
Gracias y un saludo

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Al comprar la vivienda debió exigir una certificación firmada por el Presidente de la Comunidad sobre la posible existencias de deudas a la comunidad
No haciéndolo así la ley establece la afección de la vivienda comprada al pago de las cantidades adeudadas a la comunidad de propietarios para el sostenimiento de los gastos generales por los anteriores titulares hasta el limite de los que resulten imputables a la parte vencida de la anualidad en la cual tenga lugar la adquisición y al año natural inmediatamente anterior.
En este enlace de mi blog puede profundizar en este tema: http://respuestasenderecho.blogspot.com/2010/08/obligaciones-del-comprador-de-una.html

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