Resolución expediente sancionador

Buenas, me gustaría saber que debo de hacer en estos casos, le comento:
El día 8 de abril se dicto resolución en el expediente sancionador instruido a cierta persona por la supuesta comisión de una infracción administrativa...
No se en que plazo se ha de cursar la notificación de dicha resolución, ni donde se practicaría la misma.
Si por ejemplo se intenta el día 11 la notificación pero no se puede llevar a efecto por no encontrarse en casa esa persona que debería recibir el expediente sancionado y el día 15 se notifica al interesado la resolución con el siguiente contenido:
- El texto integro de la resolución que reconoce la responsabilidad de DICHA PERSONA de la infracción que se le imputaba, y le impone la correspondiente sanción.
- Indicación de que el acto pone fina a la vía administrativa.
¿Es posible que la notificación surja efectos? Yo creo que si.. Pero no se en que casos..
Muchísimas gracias!
Respuesta
1
Hay dos intentos de notificar por correo la resolución antes de publicarla en el Boletín Oficial, por lo que si le notificó en el segundo intento por correos, la notificación está bien realizada
¿Pero en que plazo se habría de cursar la notificación de dicha resolución y donde se practicaría la misma?
Muchas gracias!
En principio la ley señala que el segundo intento de notificación se realizaría dentro de los 3 días siguientes y a una hora distinta, en todo caso el incumplimiento de estos plazos no anula la notificación
En este enlace de mi blog puede ver un artículo sobre las notificaciones administrativas: http://respuestasenderecho.blogspot.com/2009/10/la-practica-de-las-notificaciones-por.html

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