Rescindir contrato de alquiler antes de tiempo

Hola, buenas tardes:
El día 4 de noviembre de 2010, firmamos un contrato de alquiler, con la siguiente cláusula: Duración:
La citada ocupación comprenderá el periodo de un año desde el 4 de nov. De 2010 hasta el 4 de nov. De 2011, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 9 de la actual y vigente ley de arrendamientos urbanos, no será objeto de prórroga, ni aún tácita, ni entraña la misma cualquier codescencencia por parte del arrendador, comprometiéndose el arrendatario a comunicar a la propiedad con 30 días de antelación su intención de abandonar el inmueble.
Mi pregunta es, ¿podemos abandonar la vivienda antes de noviembre de 2011 siempre que les avisemos con 30 días de antelación? ; El caso es que me han diagnosticado alergia a los olivos y en la zona hay muchos. ¿Tendríamos qué abonar el resto de las mensualidades hasta cumplir el contrato?.
Gracias por su ayuda y un saludo.

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Pues la verdad es que con la lectura de esa única clausula, no queda claro, pues en principio puede parecer que se refiere unicamente al aviso para el caso de cumplir la anualidad, habría que leer el contrato entero. Pero como parece que si que deja abierta la opción, puedes intentarlo, no obstante, previo a hacer nada lo normal seria que lo hablara primero con el propietario.

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