Empresa sin dar de baja

Tengo una sentencia favorable y solicite averguacion patrimonial de la empresa y el Juzgado me dice que no hay bienes ni cuentas e incluso que la empresa esta dada de baja en el 2009 pero esta empresa sigue funcionando con el mismo nombre fiscal lo sé porque tengo un ticket del Viernes el cual tiene el mismo cif y en el Registro Mercantil me han confirmado que esta empresa esta dada de alta pero sin presentar las cuentas desde el año 2003. Entonces ¿cómo es que esta empresa este funcionando y yo no pueda cobrar lo mio? ¿Y qué paso tendría que dar para cobrarlo? Gracias y un saludo.

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Para que puedan ser embargados bienes o dinero de la empresa es imprescindible localizarlos, si el juzgado no los ha encontrado es que los tiene ocultos y es bastante complicado el demostrar que pertenecen a la empresa bienes o cuentas que ha ocultado
Si se trata de una reclamación laboral puede acudir al fogasa, en otro caso deberá estudiar la posibilidad de derivar a los administradores la responsabilidad de la empresa por una mala administración, el problema es que no tengan tampoco bienes a su nombre
Muchas gracias por su contestación, no es un asunto laboral entonces que tendría que hacer para derivar la responsabilidad a los administradores por la mala administración y si lo puedo hacer sin abogado. Gracias.
El derivar la responsabilidad no es un tema sencillo, en todo caso si la cuantía de lo reclamado es superior a 2.000 euros necesitará de abogado, también debe tener en cuenta que el juzgado competente sería el juzgado de lo mercantil al tratarse de normativa sobre sociedades mercantiles la que ha de fundamentar la demanda
¿Por qué es un tema complicado? La cantidad es de unos 500 euros más intereses. Entonces había pensado presentar demanda en lo mercantil comentando más o menos lo que le he explicado a Vd. ¿seria correcto?
Tiene que fundamentar el incumplimiento de las obligaciones de los administradores en base a lo dispuesto por la ley de sociedades anónimas o de responsabilidad limitada que eran las vigentes en el momento de producirse los hechos, actualmente está regulada la materia en la Ley de sociedades de capital
Sobre todo en el incumplimiento de la obligación de disolverla cuando las perdidas dejan reducido el patrimonio de la sociedad a una cifra inferior a la mitad del capital social, así como el incumplimiento de la obligación de depositar las cuentas anuales
Para esto deberá demostrar estos hechos

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