¿Puede un administrador único presentar la dimisión?

Promotora de viviendas de 4 socios con el 25% cada uno, existe un socio dominante, por el hecho de ser el que dispone de los conocimientos sobre el negocio y por ocuparse de la gestión en sí.
Esto es a cambio de porcentajes por facturación, resultados, gastos etc. Porcentajes que poco a poco ha ido aumentando utilizando distintas formas de presión, amenazas, en resumen de chantaje.
Lo penúltimo fue que nos comunicó que iba a crear una empresa paralela dedicada a la misma actividad y que a pesar de que nos negamos rotundamente por entenderlo como conflicto de intereses, lo cierto es que ya se había ocupado de salvaguardar en los estatutos este asunto, demostrando premeditación.
Como el personalmente no podría figurar por encontrarse oficialmente en el paro, se nombró administradora única a su mujer (inactiva profesionalmente muchos años) fijando el domicilio social de la empresa en su domicilio particular.
El asunto es que recientemente aumentan las tensiones porque está tomando por su cuenta decisiones sin el consentimiento de la mayoría de los socios y que afectan económicamente a la sociedad.
Existen ciertos movimientos con la empresa subcontratada la para la ejecución de la ultima construcción que obligan a pensar mal, como por ejemplo estar renegociando a la baja y en contra de los intereses de nuestra sociedad el capitulo de las penalizaciones por los retrasos en la entrega de la obra.
Nos amenaza con que la constructora nos demandará por incumplimiento de pago por el hecho de haber retenido parte de esta penalización que nos corresponde por contrato y que debemos ceder en la rebaja de estas partidas con el fin de evitar ir a juicio.
Su última amenaza ha sido que dadas las circunstancias recibiremos un comunicado con la renuncia de su mujer, administradora única de la empresa y que busquemos solución.
¿Puede un administrador único presentar la dimisión y eludir cualquier responsabilidad que pueda ser achacable al periodo en el que ha ostentado el cargo?

2 Respuestas

Respuesta
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Ese cargo es por nombramiento y si es elegible el permanecer en el, la responsabilidad no finaliza, los actos de su período son su responsabilidad. Es más la ley dice que un administrador único no termina su responsabilidad si no es nombrado otro. Aun que renuncie sigue siéndolo. Saludos.
Respuesta
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En todo asunto mercantil, más allá de las percepciones personales y de los elementos de facto, hay que dirigirse a la letra de lo que indican los estatutos de la sociedad, así, existen 4 socios con el 25% de la propiedad de las participaciones de la empresa y que en suma ostentan el 100% del capital suscrito. Por otro lado, han nombrado administrador único a la mujer de uno de los socios, precisamente el que les está dando problemas.
Si atendemos a las cuestiones normales, el administrador de la sociedad es soberano es su gestión para realizar todas las gestiones que crea convenientes en beneficio de la sociedad y deberá dar cuentas de esta gestión a los socios de la empresa al cierre del ejercicio, momento en que estos aprobarán con su firma la gestión y el cierre de los libros contables de la sociedad.
De ahí, que el primer error es considerar que los socios rigen el día a día de la empresa, los socios son aquellos que aportan capital y la administración la que aplica los criterios suficientes para alcanzar los objetivos que serán aprobados o no al final del ejercicio.
Sin conocer los movimientos que pueda conllevar el día a día de la empresa, entiendo el movimiento que quiere llevar a cabo su socio, está intentando proteger a su mujer por cuanto si hay un juicio y la sociedad es declarada culpable esta debería pagar si dispone de solvencia y si no la tiene podría llegar incluso quedar afecto el dinero patrimonial del administrador, por tanto, si hay irregularidades está tratando de ponerse a salvo.
La dimisión puede ser presentada y el consejo aceptarla o no, de todos modos, ella trataría de demostrar que era una mera cabeza visible y que las decisiones las tomaban los socios de común acuerdo.
Así mismo, creo sinceramente que la mujer no tiene nada que ver en esto en cuanto a que la responsabilidad de las decisiones recae en vds., o al menos eso parece.
Traten de solucionarlo correctamente, analicen el estado de la sociedad, las cuentas en A y en B, la obra y la subcontrata que están generando problemas, estudien el porque de la situación y si su socio (el marido de la administradora) tiene algo que ver en todo ello, así mismo, traten de demostrar esa competencia desleal del socio.
Con todos estos datos sabrán en que condiciones está la empresa para hacer frente a lo que venga, al menos de donde parten. Saneen todo aquello que huela mal y cesen al administrador de común acuerdo en asamblea general extraordinaria dejando patentes sus malestares por como se ha llevado la sociedad a sus espaldas, a partir de ahí nombren un consejo de administración nuevo mediante una figura de administradores mancomunados (no lo hagan solidario porque siempre supone mayor riesgo patrimonial para todos).
Muchísimas gracias por tu respuesta. He estado sin ordenador durante unos cuantos días y he leído tu contestación ahora.
Repito muchas gracias. Seguro que será de gran ayuda tu información.

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