Mi socio me ha robado

Actualmente tengo una sociedad, con un familiar mio, este individuo ha estado robando a la empresa en reiteradas ocasiones, pero desde hace unos 20 días desapareció. Haces varios días que me envía un mensaje y me dice que quiere disolver, yo consulto con abogados y me dicen que la situación esta complicada, por el tema de hipotecas prestamos etc. Hoy llegue a nuestra nave y descubro que ha roto la cerradura y ha puesto otra, cuando consigo abrir descubro que se ha llevado gran parte de la maquinaria que teníamos en la exposición, fui a ponerle una denuncia en la guardia civil y me dicen que no pueden hacer nada, ya que el es propietario también.

Y mi pregunta es ¿QUÉ HAGO?

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Supongo que su socio era también administrador de la empresa, por lo que podría entenderse que dispone de los bienes no para la gestión de la misma, sino para beneficio propio. Las acciones que ha cometido podrían tipificarse como un delito de administración desleal o fraudulenta, como el tipificado en el art. 295 de Código Penal que señala:

«Los administradores de hecho o de derecho o los socios de cualquier sociedad constituida o en formación, que en beneficio propio o de un tercero, con abuso de las funciones propias de su cargo, dispongan fraudulentamente de los bienes de la sociedad o contraigan obligaciones a cargo de ésta causando directamente un perjuicio económicamente evaluable a sus socios, depositarios, cuentapartícipes o titulares de los bienes, valores o capital que administren, serán castigados con la pena de prisión de seis meses a cuatro años, o multa del tanto al triplo del beneficio obtenido».

La Guardia Civil se equivocó, pero es normal: este tipo de delitos son complicados. Quizás la Policía Nacional habría delimitado mejor la responsabilidad. En todo caso le recomiendo que acuda a un abogado penalista para que interponga una querella por este delito o, en su caso, por apropiación indebida. No tanto una denuncia, pues lo suyo es que usted se persone como parte (acusación particular).

Finalmente, si en opinión de ese letrado los hechos no tuvieran trascendencia penal, siempre podría instar una demanda en el orden civil por Responsabilidad de Administrador de Sociedades de Capital (insisto, si es que su socio es administrador). Este tipo de demanda va encaminada a que el administrador desleal (negligente) responda personalmente de los perjuicios causados a la sociedad o sus socios con todos sus bienes, presentes o futuros.

Un saludo y suerte.


Si la respuesta le satisface, ruego la cierre en cuanto pueda.


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gracias por su consejo, me ha aclarado bastante, pero se me paso comentar que entre los materiales que se llevo, también se llevo los pc, con toda la facturación y contabilidad de nuestro negocio, No puedo continuar con la actividad,ni presentar la facturación en la asesoría, ¿podría presentarme en el juzgado de guardia y pedirle a un juez que le obligue a devolverme por lo menos el pc? ¿seria correcto?

gracias.,

Usted puede poner una denuncia ante la policía y pedir la inmediata devolución de esos ordenadores, pero los Juzgados no funcionan precisamente rápido, y no se decomisan y se devuelven los objetos sustraídos así como así. Usted mismo lo dijo: es su socio y es administrador, por lo que puede disponer de los bienes de la sociedad. Si esa disposición es fraudulenta o causa un grave perjuicio, puede exigir responsabilidad civil, penal, o ambas a la vez. Los hechos han de ser demostrados, y para eso es necesario un juicio. Le sigo aconsejando que no tarde en poner el caso en manos de un abogado para que interponga la querella cuanto antes.

Un saludo.

Si la respuesta le satisface, ruego la cierre en cuanto pueda.


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