Alegación a la consejería
Hola buenas tardes, le comento mi caso para ver si me puede ayudar.
El día 12 de febrero de 2010 mi marido estuvo repartiendo octavillas de publicidad en un aparcamiento público y la policía que pasaba por allí le identificó y le dijo que no podía seguir dejando publicidad, pero no me comunicó nada de denuncia ni de forma escrita ni oral. Ahora el día 17 de mayo de 2011 (un año y tres meses después) llega una carta del Ayuntamiento diciendo que le sancionaban por esto (art 78 y 79 de ordenanza de limpieza viaria) con una multa de 301 euros. Nos indica que tenemos el plazo de 15 días para interponer alegaciones. Nos remite al articulo 13 del rd 198/93. En este RD indica que el plazo de comunicación desde que inicia el proceso es de 2 meses o sino prescribe o caduca, ¿esto es así? ¿Puedo poner alegación al respecto? Ha transcurrido un año y 3 meses desde sucedió esto y hasta ahora no hemos tenido ninguna notificación al respecto.
Espero que me puedas ayudar.
Muchas gracias de antemano.
El día 12 de febrero de 2010 mi marido estuvo repartiendo octavillas de publicidad en un aparcamiento público y la policía que pasaba por allí le identificó y le dijo que no podía seguir dejando publicidad, pero no me comunicó nada de denuncia ni de forma escrita ni oral. Ahora el día 17 de mayo de 2011 (un año y tres meses después) llega una carta del Ayuntamiento diciendo que le sancionaban por esto (art 78 y 79 de ordenanza de limpieza viaria) con una multa de 301 euros. Nos indica que tenemos el plazo de 15 días para interponer alegaciones. Nos remite al articulo 13 del rd 198/93. En este RD indica que el plazo de comunicación desde que inicia el proceso es de 2 meses o sino prescribe o caduca, ¿esto es así? ¿Puedo poner alegación al respecto? Ha transcurrido un año y 3 meses desde sucedió esto y hasta ahora no hemos tenido ninguna notificación al respecto.
Espero que me puedas ayudar.
Muchas gracias de antemano.
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Respuesta de joseamart
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