Responsabilidad del depositario de una retención

Buenas tardes,
En la compra-venta de una vivienda el comprador retuvo por € al vendedor para garantizar servicio de agua y electricidad, quedando un despacho de abogados como depositario de la citada cantidad, pues bien, los servicios ya están disponibles uno contratado y el otro contratable a voluntad del comprador, ¿cuándo puede el comprador reclamarse la devolución de la cantidad retenida?, ¿Qué procedimiento resulta más adecuado para el caso que el depositario y comprador se opongan?, ¿Qué responsabilidad tiene el depositario?, ¿Qué normativa puede consultarse que regule este tema?
Gracias

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Lo mejor es que remita un burofax al retenedor de esa cantidad y al vendedor comunicándoles los hechos que manifiesta y solicitando por tanto la devolución de esa cantidad
Si se oponen o no se la devuelven deberá presentar demanda para obtenerla, si la cuantía es inferior a 2.000 euros no necesitará de abogado para ello

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