Responsabilidad del depositario en retención de venta

Buenos días,
En la compra-venta de una vivienda el comprador retuvo por € al vendedor para garantizar servicio de agua y electricidad, quedando un despacho de abogados como depositario de la citada cantidad, pues bien, los servicios ya están disponibles uno contratado y el otro contratable a voluntad del comprador, ¿cuándo puede el comprador reclamarse la devolución de la cantidad retenida?, ¿Qué procedimiento resulta más adecuado para el caso que el depositario y comprador se opongan?, ¿Qué responsabilidad tiene el depositario?, ¿Qué normativa puede consultarse que regule este tema?
Gracias

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Pues lo normal seria que enviasen un burofax indicando lo relativo a que ya están cumplidas las condiciones de dichos suministros, y reclamando que se les haga el abono de lo pendiente, en determinado numero de cuenta. Si pasado un tiempo prudencial, no han dado respuesta a lo solicitado, ya vendría la vía judicial que habría que estudiarla bien, pero entiendo podría ser una demanda en solicitud de cumplimiento de contrato.

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