Usufructo

Buenos días
Quisiera saber como queda el usufructo,
Tengo el la nuda propriedad, mi suegra tiene el 50% del usufructo de la vivienda, mi suegro tiene el otro 50% del usufructo de la vivienda, mi suegra ha fallecido, el usufructo de mi suegra pasa a ser mio o de mi suegro. Yo creo que tenemos el 50% del usufructo de la vivienda cada uno, pero no estoy seguro.
Muchas gracias

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El usufructo no se hereda: se extingue con la muerte del usufructuario. Por tanto, usted tiene la nudapropiedad y su suegro tiene el 50% del usufructo. Nada más. Y, en todo caso, a usted no le corresponde absolutamente nada de lo que tenía su suegra en vida, porque usted no es heredero forzoso. Lo máximo que le podía haber dejado su suegra es el 33% de los bienes que tuviese, si hubiese hecho testamento. Y, por supuesto, nada de dejarle ni en todo o en parte un usufructo. Por último, resulta extraño constituir un usufructo en términos porcentuales. Lo más probable es que sus suegros (ambos) fuesen propietarios del 100% del usufructo, pero sin poderlo fragmentar, de forma que la muerte de uno de ellos no supone llevarse a la tumba el 50%, sino que se sigue manteniendo el 100% en la persona de su suegro. Pero de heredar, nada de nada.
Buenas Tardes
Cuando nos reunimos en el notario para la adjudicación de herencia por parte de mi mujer fallecida.
Pone lo siguiente
En el registro de propiedead de nota simple informativa
Se lo escribo tal cual lo leo
Titular de: 50 % - Estado civil: casado - Carácter: privativo - tipo de derecho: Usufructo
Eso para mi suegro y los mismo para mi suegra.
Si el usufructo no se puede heredar entonces a mi suegro le pertenece el 50 % de la vivienda, y el otro 50 % a mi, como nudo propietario.
Como yo vivo en la casa porque antes estábamos todos juntos y al fallecer su hija (mi mujer) entonce se compraron una casa y se fueron a vivir en ella.
Mi pregunta es: mi suegro si quiere me puede desalojar de la vivienda, o puedo seguir viviendo en ella.
Muchas gracias
La persona que tiene derecho a usar la vivienda es el usufructuario. Es más: el titular del usufructo puede arrendársela a una tercera persona sin necesidad de contar con el nudopropietario. Por lo que se ve, usted era junto con su esposa el propietario de la vivienda, y sus suegros los usufructuarios. Si su esposa y su suegra han fallecido, no se ha alterado la situación que había cuando estaban en vida: hay una parte que tiene la nudapropiedad y otra que tiene el usufructo. Quien tiene el usufructo tiene derecho a la posesión de la vivienda. Lo que ocurre es que, en el peor de los casos, si su suegro quisiera echarle, tendría que acudir a un largo y costoso pleito en el juzgado, que suele durar años. Es una posibilidad muy remota.
Buenas noches
Por lo visto mi suegro se ha empeñado en echarme. Me comenta que seria un largo y costoso pleito, de cuantos años serian, y los coste del pleito serian a cargo de mi suegro aunque yo perdiera. Más o menos de que cantidad seria la que tendría que pagar él. Es solamente para saber si la cantidad es lo suficientemente importante para disuadirlo. Y yo que tendría que pagar.
Muchas gracias por la aclaraciones anteriores me es de gran ayuda.
Saludos
Cuando su suegro le demande a usted, tiene que tener listos entre 1.300 a 2.000 euros. El asunto, contando apelación, le llevará unos dos años y medio o tres. Deberá (su suegro) pagar asimismo los costes de la segunda instancia, otros mil euros. Pero usted también tiene que proveerse de abogado y procurador, porque va a tener que defenderse en un pleito y hacer valer una estrategia de defensa. Si no tiene medios, vaya al colegio de abogados a que le den un abogado de oficio; pero espere para ello a que le notifiquen la demanda. Su suegro podrá empezar a pleitear en Septiembre, porque en Agosto cierran el Juzgado, y más o meos para fines de año tendrá noticias de él. Entretanto, esté tranquilo.

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