Constitución de la comunidad sin licencia de primera o

¿Se puede constituir una comunidad cuando la promoción de casas aún está en construcción y sin licencia de primera ocupación? ¿Es legal? ¿Se puede obligar a los vecinos que compren después y no sobre plano a cumplir con lo estipulado por esta comunidad en cuanto a pagos de cuotas mensuales de comunidad (cuando aun no están las zonas comunes para su utilización), pago de fondo de reserva para acabar con las instalaciones que el constructor no ha hecho frente, etc...?.

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Respuesta
En principio, entiendo si se podría constituir la comunidad, de hecho se suele hacer.
Ya, entiendoque se suela hacer cuando falta poco para la obtención de la Licencia, ¿pero dos años antes con toda la promoción de viviendas sin finalizar? En este caso el constructor entró en quiebra y se formó esta "especie de comunidad" para hacer frente a las obras que aun quedaban, tanto individuales de cada casa como algunas comunes (instalación de electricidad de calles, proyecto de etelecomunicaiones, etc).
Yo compré mi casa dos años después de que todos estos vecinos que habían comprado sobre plano, ya llevaban viviendo en sus casas con agua y luz de eobra. Y ahora es cuando me piden que haga frente no solo a un fondo de reserva de 3000 E que cada uno puso ( pero que nadie ha sabido explicarme que gastos ha cubierto) y de los cuáles uno de esos gastos comunes era para la instalación de elas acometidas de ela luz de elas casas y la mía cuando al compre no la tenia hecha, y tuve que desenvolsar unos 600 E. Además quieren que pague todos los recibos mensulaes pendientes desde la formación de eesta comunidad que no entiendo muy bien para que pues no se puede hacer uso de las zonas comunes que son als cocheras por no estar acabadas las obras de dichas zonas y no tener la licencia pertinente de final de obras.
Además de todo esto al antena comunitaria me la plantaron en mi casa diciéndome que así se plasmaba en el proyecto de etelecomunicaciones, el cual nunca a me han enseñado. Y lo cual dudo mucho porque según me dijo el ingeniero debía ir en una torreta común en otra zona, no en la pared y tejado de emi casa. Creo que eso fue un acuerdo de ellos mucho antes de que yo comprara la cas ay me han engañado. Refernete a este tema pienso denunciarles si hace falta, pero antes me gustaría tyener una información legal, normativas a las que poder acogerme, etc...
Espero haberle aclarado algo más y que me pueda dar más información.
Gracias.
Pues esto es complejo y requeriría de estudio jurídico, pero en principio, si se puede constituir la comunidad de propietarios, pero en cualquier caso, necesitara de un abogado que le estudie toda la documentación y le ayude.
La comunidad de propietarios, de la que usted forma parte, ha de enseñarle cuantos documentos usted solicite, es decir, los planos que dicen del tema de las comunicaciones, las actas, las cuentas, etc... Normalmente tendrán un administrador de fincas que sera el que le ha de informar. Mejor si realiza las peticiones por escrito.
Si usted cuando compra, no ha exigido el certificado de estar al corriente de pago de la comunidad, ahora se tendrá que hacer responsable de las cuotas pendientes, por lo menos en un principio, según ley... Si compro al constructor/promotor, estas cuotas le corresponderían a el, pero si esta en suspensión de pagos y no le fueron reclamadas, como no lo indicaran en la escritura, pues tendrá que pagar usted.
El fondo de maniobra es una obligación de las comunidades de propietarios, pero eso no significa que usted no tenga que saber donde se gasta el dinero o cualquier acuerdo de la comunidad, que necesite se le aclare...
Le recomendamos se ponga en manos de un abogado que le estudie toda la documentación y le asesore. Esto es una opinión sin estudio de la documentación y por lo tanto, puede variar a la vista de ciertos documentos.
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