¿Se puede obligar a hacerse cargo de una propiedad?

El Juez me dio como pago de una deuda, una finca urbana del deudor sin haberla visto yo, pero me dijo que con eso compensaba en parte la dedua, pero esta finca son solo pasillos o pasos comunes segregada de la finca matriz, o sea que por un lado dejó limpios a los propietarios de partes comunes y la finca de pasillos a mi que pago los impuestos IBI etc.
Estos pasillos tienen valor a efectos de IBI pero no comercial, por lo que nadie los quiere. He intentado regalárselo a los propietarios por medio del Administrador pero ni me escuchan. Dicen que ahora lo tienen gratis y de otra forma pagarían más. La realidad es que no puedo deshacerme de ellos y había pensado dárselo a alguna persona que tenga débitos con algún Banco. ¿Les sería de utilidad? Ya que no quiero perjudicar a nadie.
Otra cosa que me pasa por la cabeza es si habría posibilidades de que un Juez obligara a los propietarios a hacerse cargo de esa finca y en ese caso que me pagasen los gastos que he tenido de esa finca, ya que la LPH dice que las zonas comunes van inseparablemente unidas a las propiedades y que se la he ofrecido de regalo varias veces. Porque creo que en el fondo me chantajean.
Respuesta
1
Pues lo tiene complicado, desde el despacho hemos llevado algún tema muy similar, y el asunto esta en que una cosa es lo que dice la LPH y otra la realidad en este país, que es que esas cosas pasan, y que obviamente pues los vecinos, no se quieren hacer caso, entre otras, porque no tienen obligación, ya que registralmente son fincas distintas. Se podría intentar una demanda en dicho sentido, pero no son comunes, y lo veo complicado, la verdad. Con sinceridad, lo más probable, eso si dependiendo del tiempo transcurrido y sin ninguna seguridad, seria intentar revertir esa adjudicación judicial, mediante indicación al Juez del nulo valor real de la finca adjudicada, e indicándole que más que un pago de deuda, lo que le supone dicha adjudicación es un gasto sin sentido.
La opción que me indica de cedérselo a alguien con deudas con un banco, es posible, pero la utilidad tampoco es segura, lo puede probar.
Gracias por tu rapidez y claridad, ¿pero el haber registrado una finca así no sería un error garrafal del registrador?
Pues en teoría si, pero el asunto esta en que el plazo para poder recurrir este tipo de errores es de un año, con lo que me temo, no estas en plazo, como por otro lado, suele ocurrir, cuando se tratan de bienes adjudicados de esta forma. De todas formas, el error seria si en las fincas registrales constara que ambas ( las principales de los pisos y locales y las de las zonas comunes) son anejos inseparables, si no se hubiera hecho constar así, entiendo no existiría el error.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas