Impago préstamo

Le comento mi caso, entregue al banco la vivienda que había comprado por no poder pagarla, ellos aceptaron quedarse con la vivienda previo pago de 30000 € que según ellos era la diferencia de lo que se debía con lo que ellos iban a venderla. En su momento la directora del banco me dijo que eran 10000 €, 5000 € debía pagar yo y 5000 € el otro titular, para eso me ofreció que sacase con ellos un préstamo personal. Accedí porque según ella era mejor que me reclamaran 5000 € que los 190000 que se debía de hipoteca. Bien a la hora de firmar el préstamo veo que los 5000 € pasan a ser 15000 si previo aviso y con la aprobación del préstamo por parte de la entidad. Le comento a la directora que esto no fue lo que me había dicho en un primer momento y su respuesta fue que olvidó llamarme, que como el otro titular estaba de acuerdo pues lo hizo para los dos igual. Le informo que eso es la mitad de mi sueldo que no puedo afrontarlo, pero en ese momento me dijo que era lo que se me ofrecía y que no había otra posibilidad, por mi ignorancia lo firme, hecho que me arrepiento. Ahora evidentemente no puedo pagarlo y mi pregunta es. No tengo propiedades sólo mi nomina y una cuenta de ahorro con mi hija. Me pueden embargar mi cuenta, ¿mi nomina y la cuenta que comparto con mi hija?

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Le pueden embargar siempre y cuando su sueldo sea superior al Salario Mínimo Interprofesional, dependiendo de en cuanto exceda dicha cantidad, se le embargará mayor o menor porcentaje. También se le pueden embargar las cuentas, ahora bien en las que solo sea cotitular con otra persona, no se podrá embargar más del 50%.

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