Comunidad de vecinos

Hola, mi problema es el siguiente: En mi comunidad los locales siempre han pagado la cuota de comunidad igual que los pisos, quisiera saber si esto es correcto o hay alguna ley por la cual puedan pagar una cantidad menor o un porcentaje.
Tambien queria daber si la comunidad asigna un recibo especial para poner la puerta de entrada a la vivienda los locales deben pagar la cantidad acordadapor la junta de vecinos.Gracias

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Lo primero que debes mirar, es la cuota de participación que se estableció a los locales en el titulo de constitución de Propiedad horizontal del edificio así como la forma que se estableció para contribuir a los gastos, si allí se puso que todos contribuirían de la misma manera, sería correcto, esta fórmula se puede modificar pero se necesita la conformidad de todos los condueños, sino existiera titulo de constitución se presumiría esa participación igual en los gastos salvo prueba en contrario.
Respecto a la segunda cuestión decirte que igualmente has de mirar la escritura de constitución o los estatutos de la comunidad en ellos se debe establecer la forma de distribución de los gastos y si los locales estáis fuera de determinados gastos o no, de todas formas si se trata de una obra no necesaria siempre te puedes oponer a pagarla si, una vez válidamente adoptados los acuerdos para realizar innovaciones no exigibles por los propietarios, la cuota que tienes que pagar excede de tres mensualidades de gastos comunes, incluso en el caso de que no se te pueda privar de la mejora o ventaja, todo ello si como he dicho el acuerdo fue tomado de acuerdo a la ley porque en caso contrario siempre podrás impugnar el acuerdo de la junta.
Un saludo y espero haberte servido de ayuda.

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