Conciliación sin efecto

Buenos días,el pasado 24 de febrero se acordó en conciliación en el juzgado de lo social de san sebastián que la cantidad reclamada de 280€ a la empresa para la que trabajaba se pagaría median te transferencia a mi cuenta antes del día 2 de marzo,pues bien,habiéndome puesto en contacto una semana posterior a ésa fecha límite con mi abogado,me indicó que ordenaría ejecución para que se pagase,...a día de hoy aún no se ha hecho efectivo ,y mi abogado dice que se podría embargar la cantidad demandada más los intereses de demora,ésto de ser así,cuando y como se haría?,cuanto serían esos intereses de demora?,gracias

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¿No se dice en el acta de conciliación cuál es el interés?

en el acta pone que la parte demandada tiene 3 días hábiles para impugnar desde la notificación,lo cual no ha sucedido,me consta que mi abogado indicó al juzgado que ejecutasen ya que a fecha límite para pagar no se había hecho efecto (2 de marzo),estamos a 12 de abril y nada...lo que me gustaría saber es que cuantía % de intereses por demora tendrán que pagarme cuando el juzgado embargue,gracias

Interés legal del dinero más dos puntos.

hola buenas,no entiendo muy bien ese concepto...estamos a día 2 de Mayo y mi abogado me dijo en su momento que dejásemos actuar al juzgado que luego se le reclamarían intereses,no me dijo nada más..la cantidad adeudada tampoco me va a sacar de pobre (280€),pero me parece que algo no funciona bien cuando ante la ley asumen su deuda pero no se hace efectiva,Un Saludo y gracias

El interés legal se establece en la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. En internet hay calculadoras de intereses, yo suelo utilizar ésta

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