Derecho sobre vivienda de tu pareja

Buenas tardes,

Pregunto sobre una residencia en Bilbao (Vizcaya)

Mi padre convive desde hace más de 10 años con una mujer. Está domiciliada.

La pregunta es si al fallecer mi padre su pareja (bastante más joven que el) adquiere algún derecho sobre la vivienda y como se puede evitar.

Gracias

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No, si no están casados o no son pareja de hecho.

Si fueran pareja de hecho, legalmente constituida, esto es inscrita en el oportuno registro, la Ley 2/2003, de 7 de mayo, reguladora de las parejas de hecho de Euzkadi , dispone:

Artículo 9 Régimen sucesorio
A los efectos de la Ley 3/1992, de 1 de julio, de Derecho Civil Foral del País Vasco, las parejas de hecho tendrán la misma consideración que las casadas. Así, en relación con el régimen sucesorio y en función del Derecho Civil foral aplicable en cada caso:
1.- Podrán pactar que a la muerte de uno de ellos el otro pueda conservar en usufructo la totalidad de los bienes comunes.
2.- Podrán disponer conjuntamente de sus bienes en un solo instrumento, mediante el testamento mancomunado o de hermandad, pudiendo ser revocado o modificado por los miembros de la pareja.
3.- Podrán nombrarse recíprocamente comisario en el testamento o pacto sucesorio.

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