Abandono de trabajo

Hola,
quisiera saber si tendría derecho a percibir la prestación por desempleo si después de un año de trabajo en una empresa decido irme por mi propia voluntad, ya que el puesto y ambiente de trabajo no es el que esperaba.
Gracias.
Raquel P. (Palma-España)

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El trabajador solo tiene derecho a la prestación por desempleo cuando se extingue su contrato de trabajo por causa ajena a su voluntad. Puede, sin embargo, solicitar la resolución del contrato, conservando el derecho a la prestación, cuando concurra alguna de las causas previstas en el art.50 del Estatuto de los Trabajadores (en general cuando existe algún incumplimiento grave por parte del empresario) o en los supuestos de traslado o modificación sustancial de las condiciones de trabajo previstos, respectivamente, en los artículos 40 y 41.3 del Estatuto de los Trabajadores.

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