La diferencia entre la falta de cobro y la de pago, es que usted no es responsable de la primera y por lo tanto no debe pagar los intereses que se le reclaman por un retraso que ha provocado la propia entidad.
Pero si está obligado a pagar las cuotas mensuales.
Mi recomendación es que envíe un burofax (no lo haga de palabra) a la sucursal bancaria en cuestión y otro idéntico a la central, anunciando que reanudará por su cuenta el pago de las cuotas mensuales, en tanto se estudia su solicitud de refinanciación solicitada en fecha (ponga la fecha en que habló con en director de la sucursal)
Y añada: que interrumpió los pagos porque los mismos no fueron deducidos de su cuenta, siendo la entidad quien interrumpió el cobro de los mismos, a pesar de que en su cuenta había líquido suficiente para hacerles frente. Que (el nombre del director de la sucursal) le explicó que así sería en tanto se estudiaba su solicitud de refinanciación. Que los intereses que es le reclaman no los atenderá, porque jamás ha tenido ánimo de desatender dichos pagos, sino que seguía las instrucciones dadas por (nombre del director de la sucursal), por lo que no se sorprendió al ver que no estaban deducidos en su cuenta. Que no está en disposición económica de efectuar de inmediato el total pago de los atrasos que se le reclaman. Que a efectos de actualizarse en dichos pagos, ingresará además mensualmente, la cantidad de (ponga una cantidad que pueda asumir). Que sigue interesado en su solicitud de refinanciación del crédito, reiterandola a los efectos oportunos.
De esta forma, aunque se lo reclamaran judicialmente, tiene algo con que defenderse y al menos intentar evitar el pago de los intereses.
Y digo intentar porque, en mi opinión hay muy pocas posibilidades de evitar la reclamación judicial, pero tendrá su defensa y muy posiblemente si reclaman los intereses el juzgado no los admitirá, con lo cual usted no tendría que hacer pago de las costas procesales, por no estimarse la demanda del banco en todas sus peticiones.
Tiene razón en no fiarse de lo que le ha dicho el director de la sucursal, como ve y aunque dejaron de deducir de su cuenta los pagos mensuales tal como él anunció, el banco actúa mecánicamente y solo entiende que ha dejado de cobrar, y en consecuencia le requiere a usted de pago y si no cobra, ejecutará judicialmente la deuda.
Debe evitar el embargo a toda costa, porque si lo permite, la cantidad inicial de lo que ahora debe se multiplicará sustancialmente si el tema pasa a ser judicial y si no se opone ahora al pago de los intereses, en cuanto llegue la demanda al juzgado lo tendrá mucho más difícil ya que se entenderá que tuvo la oportunidad de hacerlo (ahora al recibir el requerimiento) y no lo hizo, convirtiéndose así en deudor y por tanto la petición de intereses se legitimará.