Problemas posteriores de alquiler con deudas

Me arrendó el piso una empresa constructora y al pedir cambio de titular en los suministros de luz, agua y gas las comercializadoras me informaron de deudas pendientes del anterior inquilino que debía pagar. Exigí al arrendador que lo solucionase (e-mails guardados) y contestó que sí; pero no lo hizo.

Después, me dijo que mientras pagara el alta nueva de luz, que me resarciría los 60 euros del certificado, tampoco lo cumplió. A los pocos días, pagué la deuda de agua porque la cortaron. No obstante, como la de gas es superior a 1500 euros y yo no puedo pagarla, me hizo boletines para su alta nueva, por los que cobró 170 euros; pero Iberdrola no los admite porque no ha quitado el contador y asegura que no lo retirará hasta que cobre, porque estando a nombre del anterior yo no puedo darlo de baja.

Y por último, la luz que contraté legalmente con ENDESA aparece ahora en IBERDROLA, que tiene grabado el cambio posterior de titular otra vez al anterior inquilino, y me han cortado a mí, sin aviso previo y teniendo pagadas mis facturas anteriores con ENDESA. Este cambio y corte ilegales los he denunciado en INDUSTRIA, la cual mediante oficio ha comunicado a IBERDROLA que ese titular no existe y que, por tanto, su contrato no tiene validez, ordenando a Endesa la recuperación del contrato y el enganche en directo hasta que resuelva; sin embargo, Iberdrola ha vuelto a cortar la luz.

El arrendador dice que las deudas no son suyas y que él no tiene que pagarlas, a pesar de haberse comprometido, alegando que el socio que lo alquiló era un estafador y que sus compromisos no tienen validez (aunque sí se la otorga al precio que aquel estipuló).

Industria me recomienda denuncia en el juzgado por daños y perjuicios, porque he estado dos meses sin luz. La cuestión está en a quién debo reclamar, porque todos declinan culpa: El arrendador alquiló la vivienda consciente de las deudas existentes, pero dice que no tenía que pagarlas para alquilar el piso. Endesa dice que le pidieron el cambio de luz y no se puede negar aunque sea fraudulento. Iberdrola no quita el contador de gas impidiendo hacer un alta nueva sabiendo que el deudor ya no vive aquí y, además, el cambio que hizo sobre mi luz lo basa en la petición posterior de un interesado que tampoco vive aquí y no retira el contador para poder dar alta nueva. Industria me da la razón, pero alega que su función sólo es recuperarme el suministro y que la solución de los daños indebidamente causados la debe dar un juez..

Lo único claro es que, mientras tanto, el perjudicado por la inocencia de todos soy yo. ¿A quién debo reclamar los daños familiares por el corte de luz?

Disculpe la necesaria extensión y reciba un saludo.

Respuesta
1

Debido a la complejidad de su caso y al número de intervinientes sería recomendable un estudio detallado del mismo ya que dependerá notablemente de la documentación obrante que la demanda deba dirigirse solo contra las compañías suministradoras o también contra el arrendador.

En principio, la deuda del anterior inquilino debe pagarla el titular del contrato, es decir, el anterior inquilino, sin que quepa que la empresa de electricidad le reclame a usted ya que no es titular. Pero como le digo, debido a la complejidad, e incluso al cambio de compañía eléctrica sin su consentimiento que usted expone, es imprescindible el estudio detallado.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas