Arrendamiento local comercial

Tengo un local comercial heredado de mi padre, alquilado a una persona, en el contrato de arrendamiento figura la clausula de que cualquier obra, modificación o reforma que el inquilino pudiera hacer en el local, sería de su cuenta y riesgo y previo consentimiento del dueño, en este caso yo, pues bien, este mes, al ir a cobrarle el alquilé, me encuentro que ha pintado todo el local, y me dice que el gasto de pintura lo paguemos a medias, o de lo contrario no puede pagarme el alquilé, además, el recibo de luz, que teníamos contratado con Iberdrola, sin consultármelo, lo ha cambiado con Endesa, me he puesto en contacto con esta compañía y me comunica que él como arrendatario puede perfectamente hacerlo, aunque no sea el titular del suministro. Mi pregunta es ¿es todo esto correcto? ¿me puede exigir que le pague parte del gasto de pintura?.

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A ver el cambio en la titularidad del suministro, aunque lo normal es que te lo hubiera comunicado, previo a hacerlo, lo cierto es que legalmente si puede realizarlo, pues a el le corresponde el pago de los gastos de suministros. En cuanto a la pintura del local, no es una obra imputable al arrendador, por cuanto no incide en la habitabilidad o seguridad del local, cuestión distinta seria que por circunstancias, como el querer que el inquilino continué mas tiempo, te avengas al pago, pero sin tener obligación en modo alguno.

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