¿Si solo cobro 426 euros que me puede pasar por no pagar un préstamo?

Tengo una deuda con carrefour que ya no puedo seguir pagando, aa que se me puede condenar si me llevan a jucio la deuda asciende a 1800 euros ya que en tres años solo conseguí rebajarla hasta 1200 debido a los fuertes intereses y a un seguro que te cobran de vida, para explicarme de 54 euros que pagaba cada mes solo se me descontaban 18, al dejar de pagarles la deuda ha vuelto a subir en tres meses a los 1800 euros de nuevo.

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Pueden interponer un procedimiento judicial contra usted y pedir el embargo de sus bienes. Ahora bien, no todos los bienes son embargables.

El salario mínimo interprofesional, que actualmente es de 641,40 € no es embargable, ni tampoco la cuenta corriente en la que esté domiciliada la nómina.

Si es embargable la parte que excede de los 641,40, pero aún así no toda, sólo un porcentaje, que se calcula en función de la cuantía de ese importe excedente del mínimo interprofesional.

El piso, si fuera de su propiedad tampoco es embargable, de acuerdo con La ley de Enjuiciamiento dice textualmente a ese respecto: "No se embargarán bienes cuyo previsible valor exceda de la cantidad por la que se haya despachado ejecución, salvo que en el patrimonio del ejecutado sólo existieren bienes de valor superior a esos conceptos y la afección de dichos bienes resultare necesaria a los fines de la ejecución

Son también inembargables:
El mobiliario y el menaje de la casa, así como las ropas del ejecutado y de su familia, en lo que no pueda considerarse superfluo. En general, aquellos bienes como alimentos, combustible y otros que, a juicio del tribunal, resulten imprescindibles para que el ejecutado y las personas de él dependientes puedan atender con razonable dignidad a su subsistencia.
Los libros e instrumentos necesarios para el ejercicio de la profesión, arte u oficio a que se dedique el ejecutado, cuando su valor no guarde proporción con la cuantía de la deuda reclamada."

Si necesita alguna otra aclaración no dude en pedírmela, si no necesita más aclaraciones, recuerde cerrar la pregunta.

muchas gracias por la respuesta,no tengo ningún piso ni coche ni nada a mi nombre un par de guitarras eléctricas eso si,las puedo perder? y en otro orden de cosas en un jucio que debería yo exponer que no "puedo" pagar ? que no quiero??? o como debo actuar'? mil gracias por la ayuda

En un juicio simplemente tiene que manifestar su estado de insolvencia. Es el juzgado quien comprueba si es o no cierto.

En cuanto a las guitarras no se preocupe.

Si necesita alguna otra aclaración no dude en pedírmela, si no necesita más aclaraciones, recuerde cerrar la pregunta.

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