Impuestos sobre ganancia patrimonial por venta vivienda en el extranjero

Quería saber a la hora de aplicar el coeficiente de revalorización a un piso para calcular la plusvalía, ¿ese coeficiente se aplica al valor de compra y también a la reforma? Y si la vivienda esta en el extranjero, para justificar la reforma (¿qué se hizo hace 10 años)basta con una factura?

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Si una factura basta o no para justificar una inversión en un inmueble eso solo lo, puede decir la AEAT, convendría que tuviera ademas justificantes de haberla pagado en su momento.

muchas gracias Pholmo, pero no existe una regla al respecto (si una factura es o no suficiente para justificar una inversión en un inmueble de hace mas de 10 años)? puede hacienda aplicar una regla diferente en cada caso (en unos casos si basta factura y en otros no?) si por ejemplo la reforma se hizo hace 10 años y se pagó en efectivo y a plazos, seria imposible justificar el pago......como lo ves? podría hacienda decir que no es suficiente y que tengo mas plusvalías de las reales por la venta de mi piso??

gracias

Oscar

Hacienda es un ente abstracto que además no tiene nada que ver en este caso, aquí será un inspector de la Agencia Tributaria quien, llegado el caso, decida si con la documentación que aporta está suficientemente probada su aseveración, si decide que no, vd podrá recurrir incluso a la vía contencioso administrativa, debe saber que en España, ni siquiera en vía judicial existe lo que se llama la 'prueba tasada', los efectos probatorios de los medios que se aporten los decide siempre el Juzgador.

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