Pago de gastos en una comunidad

Vivo en una Comunidad de Propietarios donde los gastos de escalera y los de urbanización se pagan a partes iguales, pese a que tenemos distintos coeficientes. Según me informo el administración que eso se debe a que cuando se constituyo la comunidad se llego a ese acuerdo, pese que en la ley ponga por coeficientes. ¿Mi pregunta es si ese acuerdo previo se puede cambiar frente a lo que establece la ley de propiedad horizontal? Y en su caso, como hacerlo, por que claro, hay más vecinos a los que esto les interesa a los que no, por lo tanto una votación nunca sería gusta.

2 respuestas

Respuesta
1

No hay problema cuando hagáis la reunión ordinaria lo ponéis en la orden y se hace en su momento la votación, es como un acuerdo más.

la reunión ya se ha realizado, pero claro somos menos vecinos los que tenemos el coeficiente inferior nunca podemos tener la mayoría para que esto cambie, a los que tienen el coeficiente mayor no les interesa e cambio puesto que les supone un incremento económico el cual les pagamos nosotros. ¿Es necesario la mayoría absoluta o simplemente con que un vecino quiera que se aplique la ley basta?

Si en la declaración de obra nueva que tiene que constar en la cámara de propiedad de tu ciudad dice que es por coeficientes y en su día no votaron todos los propietarios para que paguen todos igual, pues conque haya uno que quiera volver a como marca la ley, pues se tendrá que aprobar así.

Respuesta
1

La Ley de Propiedad Horizontal, en su artículo 9 dice:
"Contribuir, con arreglo a la cuota de participación fijada en el título o a lo especialmente establecido, a los gastos generales para el adecuado sostenimiento del inmueble, sus servicios, cargas y responsabilidades que no sean susceptibles de individualización"

La participación de los propietarios es siempre en función de la cuota de participación según los datos que constan en el Registro de la Propiedad.

Con independencia de la costumbre que la Comunidad de Propietarios haya mantenido hasta la fecha, la aplicación de los coeficientes es obligada, incluso cuando haya sido acordada por la Junta de Propietarios (es ilegal)

según el administrador de la comunidad, como se tomo ese acuerdo en la reunión de constitución no se puede hacer nada por que la ley también lo contempla, claro esto no se si es verdad. Se hizo una nueva votación bajo la petición de un par de vecinos de cambiarlo, pero se tubo que votar y claro hay menos vecinos que tienen coeficiente menor, era imposible tener mayoría. ¿Que se puede hacer?

En primer lugar hay que valorar la diferencia de coeficientes con el reparto, es decir, si el cambio apenas altera el importe, ir contra la mayoría genera una mala convivencia; pero en el supuesto que sea la diferencia sea notable entre el pago por coeficiente y el pago por unidades, le recomendaría:

1.- Pedir al Administrador copia de la Junta donde se acordó el pago por unidades.

2.- Aplicar el coeficiente que determina la Escritura y satisfacer el pago a la Comunidad por el importe que pueda corresponder.

Lógicamente esto creará una situación de impago por la diferencia. Hecho esto, que la Comunidad le reclamé la diferencia por vía judicial y que el juez decida si es correcto o no el pago por coeficiente o por unidad.

Como mucho puede tener que abonar la diferencia después de la sentencia.

Añade tu respuesta

Haz clic para o
El autor de la pregunta ya no la sigue por lo que es posible que no reciba tu respuesta.

Más respuestas relacionadas