¿Cuándo caduca una anotación preventiva de embargo por costas judiciales?

La nota simple del registro pone más o menos esto:
"Por esta anotación del 7 de mayo de 2002, se ha expedido certificación de
cargas de la finca, con fecha 22 de julio de 2.002.Prorrogada en su
vigencia, según anotación, en fecha 2 de marzo de 2006. Actualmente
prorrogada de nuevo en su vigencia, según anotación, en fecha 10 de marzo
2010."
A partir de ahí no hay más fechas. ¿Se puede cancelar esta anotación en el juzgado por caducidad? ¿Y en el registro?. Y de sera así ¿se puede acudir al juzgado para solicitarlo personalmente, sin procurador?. Es el juzgado de Barcelona.

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Aparentemente en este momento la fina no tiene cargas porque no se ha prorrogado la anotación, pero deben ir al juzgado que la ha ordenado y hacer la consulta para asegurarse de que sea así.

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