La aportación para los gastos comunitarios

la cuota para los gastos comunes de la escalera ,ascensor etc,¿son a partes iguales o bien por la parte proporcional de superficie de los pisos?¿se puede variar por decisión de la junta?

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Una vez establecida la cuota de participación de cada vivienda, no puede variarse, a menos que cambien las características del edificio, y esto obligue a efectuar una nueva redistribución.

También es posible cambiar la cuota, a partes iguales, pero la ley determina que la cuota de participación tiene que ser objetiva (teniendo en cuenta m2 de cada piso, si es interior o exterior, su situación dentro del edificio y el uso en mayor o menor grado que pueda hacer de los elementos comunes, como ascensor, escaleras etc.). A partes iguales, resultaría una distribución arbitraria y si alguno de los vecinos perjudicados, porque en esa redistribución le tocase pagar de más, podría recurrirla judicialmente y seguramente le darían la razón.

La junta si puede hacer esa modificación, pero teniendo en cuenta lo que la ley determina y además la decisión tendría que ser con el voto unánime (de todos) los vecinos, lo que supone que los perjudicados por la redistribución a partes iguales de la cuota, no votarían a favor, y el acuerdo no podría ser aprobado legalmente.


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en la reunión que tuvo lugar solo estaba presente de 8 propietarios 5 propietarios es correcto ese acuerdo ¿se puede retroceder?

Es correcto el acuerdo, pero es impugnable por los propietarios ausentes.

La acción caducará a los tres meses de adoptarse el acuerdo por la Junta de propietarios, salvo que se trate de actos contrarios a la ley o a los estatutos, en cuyo caso la acción caducará al año, como por ejemplo un cambio en las cuotas de participación a partes iguales, si en los estatutos de constitución de la comunidad se especifica que las cuotas se establecen en relación proporcional al total del valor del inmueble y referida a centésimas del mismo.

Para los propietarios ausentes dicho plazo se computará a partir de la comunicación del acuerdo.


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