Silencio administrativo

Un grupo de vecinos de una zona rústica, solicitamos al Ayuntamiento la colocación de señales indicadoras de la zona, o que nos autorizasen a colocarlas nosotros mismos. Lo presentamos el día 23 de Marzo 2004. ¿Cómo funciona en este caso el "Silencio administrativo"? ¿Son 3 meses? ¿Sería positivo? ¿Podemos colocarlas nosotros si no nos contestan?

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Siento decirte que en estos casos el silencio de la administración no es positivo, ya que, estáis ejerciendo un derecho de petición de facultades relativas al dominio o servicio público... por lo que si no os contestan, no os cabe otra que presentar un recurso solicitando una respuesta y una motivación.
La Administración está obligada a informar sobre el tiempo máximo en el que está obligada a resolver y también, a comunicar, en caso de no producirse una resolución, si se trata de silencio administrativo positivo o negativo.

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