Herencia

Acaba de fallecer mi madre, que fue incapacitada en su día. En su testamento nombra dos albaceas, contadores-partidores. Cal es el procedimiento a seguir ante los herederos y los albaceas contadores-partidores y cuando finalizan los poderes del tutor, teniendo en cuenta que existe un negocio donde se han adquirido determinadas obligaciones, a parte de las indemnizaciones al personal por despido e igualmente como se tratará el cobro de alquileres de propiedades y saldos deudores de clientes.
Respuesta
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Supongo que el Testamento es anterior a la declaración de incapacidad, porque en otro caso sería nulo el Testamento. Los albaceas son los encargados de ejecutar la voluntad del testador, inventariar los bienes y repartirlos. El tutor pierde sus facultades cuando fallece el tutelado. Por lo que veo la herencia es bastante compleja, pero los herederos se subrogan en todos los derechos y obligaciones del fallecido, salvo que no acepten la herencia, los cobros pendientes quedan como están, cuando sean exigibles a los deudores los puede cobrar o demandar el albacea o los herederos si ya aceptaron la herencia, respecto a las obligaciones igual, piense que se colocan los herederos en la proporción establecida en el TEstamento, en la misma posición que mantenía la difunta en todos los derechos y obligaciones, salvo las personalisimas, por ejemplo la responsabilidad penal, el matrimonio, la representación, etc. Busque un Abogado, porque la cosa es compleja. Suerte, y no olvide puntuar la respuesta.

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