Plazo resolución proc. Administrativo
Tras una reclamación se instruye un procedimiento administrativo en el que se me comunica entre otras cosas que el plazo máximo para resolver y notificar es de 3 MESES.
Pasado el tiempo de 3 meses, presento recurso solicitando silencio administrativo.
A los 3 meses y medio me llega la desestimación de la reclamación primera.
En contestación al recurso de silencio administrativo, se me contesta lo siguiente:
? Que el plazo máximo que la administración tenia para resolver y notificar dicha resolución al interesado es de 6 MESES según real decreto 662/2001?.., y que la comunicación que se le practico conforme a lo establecido en el Art. 42.4 de la Ley 30/1992, del régimen Jurídico de la Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo común, SE CONSIGNO POR MERO ERROR NUMÉRICO UN PLAZO DE 3 MESES.
¿Qué puedo hacer?, ¿Puedo recurrir este escrito con esperanzas de ganar mi primera reclamación?
Pasado el tiempo de 3 meses, presento recurso solicitando silencio administrativo.
A los 3 meses y medio me llega la desestimación de la reclamación primera.
En contestación al recurso de silencio administrativo, se me contesta lo siguiente:
? Que el plazo máximo que la administración tenia para resolver y notificar dicha resolución al interesado es de 6 MESES según real decreto 662/2001?.., y que la comunicación que se le practico conforme a lo establecido en el Art. 42.4 de la Ley 30/1992, del régimen Jurídico de la Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo común, SE CONSIGNO POR MERO ERROR NUMÉRICO UN PLAZO DE 3 MESES.
¿Qué puedo hacer?, ¿Puedo recurrir este escrito con esperanzas de ganar mi primera reclamación?
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