Cámaras

Puede un empresario grabar en video a un empleado, y utilizar la grabación en un juicio, si un empresario te hecha digamos de su fabrica te lo tiene que comunicar por escrito, o te puede echar como en el colegio, ejemplo "vete a la calle"
Respuesta
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Te responderés en base a la legislación española, ya que desconozco tu país.
Empezaré por ultima pregunta
Cualquier comunicación de despido de debe de notificar por escrito, aunque hay algunas que les puede validez verbalmente.
Es decir si la empresa decide prescindir de tu contrato por finalización del mismo te lo han de comunicar con un antelación por escrito de 15 días, aunque en este caso te se podría formalizar verbalmente.
Si se trata por un despide con causas objetivas, se notificará por escrito con un antelación de 30 días y motivando la situación.
En cambio si te encuentras por un despido por causas disciplinarias (embriaguez, faltas de asistencia) es necesraio un planteamiento jurídico para poderte defender, pero te debería de ser notificado el porque del despido ya que si este es inmediato sin previo aviso se considerará despido nulo y por tanto improcedente, siendo necesario asesoría jurídica más competa para defender tu propósito.
Brevemente siempre tiene que haber un justificación por escrito siendo de 15 días como minino su notificación y por escrito.
A la pregunta de si se te puede grabar es muy difícil de responder.
¿Eres conocedor de que hay una cámara vigilando o grabando?
Es un lugar de acceso publico o es un lugar cerrado (almacen, local, despacho etc).
¿Se graba exclusivamente a la persona o se graba espacio con amplia visión?
Este tipo de grabaciones pueden vulnerar derechos a la intimidad si estos son grabados directamente hacia la persona, pero imaginate una cámara situada en la tienda de la gasolinera donde esta dirige el campo de visión en toda la tienda pudiéndose grabar no sola a una persona sino a varias, porque, porque el derecho es proteger el derecho patrimonial de la tienda.
En cambio si la filmaron se dirige directamente sobre una pareja que esta dentro de ela tienda y exclusivamente sobre ella, para observar que es lo que se hace, se vulnera un derecho a la intimidad personal de la pareja.
Este hecho se atenúa o agrava en función de si eres conocedor de que te están grabando, es decir de si eres consciente de hay cámaras de que están vigilando.
Por ello es muy difícil de responder si hay la vulneración del derecho a la intimidad o si el derecho defiende al empresario con el buen fin de proteger sus bienes, pero si la cámara se hace con el fin de espiar, observar a sus trabajadores podría existir un vulneración del derecho a la intimidad.
En tal caso puede ser considerada prueba nula en un juicio si esta relacionada para demostrar por un ej. un despido.
Te sugiero la asesoría de un abogado laboral si es que creo que ha habido un despido improcedente y cuya prueba empresarial se debe a un registro de videocámara.
Un saludo, puede contrarrestar dicha opinión con otro experto.
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