¿Debo pagar IBI?

Me he separado este año, y el uso y disfrute de la vivienda conyugal están atribuidos a mi ex-mujer y mi hijo. ¿Estoy obligado a pagar la mitad del Impuesto sobre Bienes Inmiuebles?
Gracias.
Respuesta
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El obligado a pagar el impuesto, según la normativa tributaria es el propietario del piso. Si sois dos los dueños, tú y tu ex, tenéis que pagar el 50% cada uno. El Ayuntamiento si no pagas, se dirijirá por toda la deuda contra la persona a cuyo nombre viene el recibo, que seguramente seas tú. Luego tu puedes reclamarle a tu ex su parte. Otra cosa es que por vía de acuerdo o negociación lo pague ella todo, ya que disfruta en exclusiva de la casa, pero será si ella quiere... Terrible, ¿verdad? Pues así están las cosas. Suerte amigo.

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