Pensiones alimenticias

Mi sobrina tiene 25 años. Reclama una pension alimenticia a mi hermano de 51 años separado legalmente de su madre. Este esta ingresado en una residencia por una encefalopatía hepatica y esta en una situacion de dependencia y con su pension se paga la residencia. Mi sobrina en el año 90 cuando tenia 4 o 5 años si tenia judicialmente una pension de 180 euros pero a la fecha de ahora la reclama pero no tiene arreglado nada puesto que si asi fuera se lo quitarian de la pension a mi hermano. Actualmente esta con invalidez total esperando el agravamiento a la absoluta.
 Le corresponde legalmente con esta edad? Si es asi donde debe reclamarla? Mi hermano esta en vias de incapacitacion judicial y yo sere su tutora. Tengo que saber si tendre que pasarle esta pension y como seria en este caso.
 GRacias.

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La pensión alimenticia se paga cuando hay posibilidad por parte del obligado a pagarla y necesidad por parte del pensionista a recibirla
Cada caso es un mundo y no pueden generalizarse las situaciones, en este en concreto es algo complicado que un juez condene a su hermano a pagar una pensión cuando lo único que está recibiendo es una ayuda por la situación de dependencia con la que se paga la residencia para atención especial en la que está ingresado
Evidentemente usted no debe asumir la pensión alimenticia de su hermano pues es una carga personal que solo recae sobre el obligado

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