Según el E.T.(art. 37.3.b) se disponen de 2 días de permiso remunerado por "enfermedad grave". Pero ¿qué se entiende por "enfermedad grave"? ¿Quién debe decir si es grave o no? Muchas gracias
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Anónimo
Esto es lo que se denomina en Derecho un concepto jurídico indeterminado. No hay definición establecida sobre lo que preguntas, debiendo de estarse al caso concreto, o a los pronunciamientos que hayan hecho los Tribunales de Justicia, lo que se conoce como jurisprudencia. Está claro que una gripe no es una enfermedad grave y una apendicitis si; pero no siempre los ejemplos son tan claros. ¿Es una enfermedad grave un cáncer? Y ¿Alzheimer?, cuando se pueden coger los dos días en un caso de cáncer o SIDA, al diagnosticarse, en la fase terminal... No es sencillo, ni mucho menos. Parece que es un aspecto que queda regulado en el ET de manera general, quedando para la normativa de desarrollo bien el Convenio Sectoriale o de Empresa, para que especifiquen y detallen algo más este artículo. Si no se determina en los Convenios, habrá que estar al caso concreto. Saludos, no olvides puntuar la respuesta para que deje de estar activada.