Sobre colocación de Antena Vía Digital

Soy el actual presidente de la comunidad de vecinos, la anterior presidenta dejo las llaves del tejado a unos empleados de Vía Digital, para colocar una antena para un vecino, sin que la presidenta firmara ningún tipo de autorización para instalarla, quisiera saber cuales son los requisitos para la colocación de una antena de este tipo en una comunidad y si se puede obligar al vecino que la coloco a quitarla.
Respuesta
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Las áreas comunes de un edificio en propiedad horizontal o de una comunidad organizada son utilizables siempre y cuando la organización vecinal apruebe dicha utilización. Un Presidente no tiene autoridad ni atribuciones discrecionales para otorgar este tipo de autorización. La máxima autoridad de una organización de este tipo es la Asamblea de propietarios o vecinos y es ella quien puede otorgar o revocar cualquier permiso que afecte o puieda afectar al común de la vecindad.
Si la Asamblea general decide ratificar la presunta autorización otorgada por la entonces presidenta, puede hacerlo y el vecino, beneficiario de la antena podrá seguir disfrutándola. La Asmblea puede decidir también cobrarle al vecino en cuestión, un canon de arrendamiento por los metros cuadrados de área que esté ocupando. Y por último, si la Asamblea decide revocar el permiso otorgado, el vecino tendrá que "irse con su música a otra parte"; es decir, tendrá que desinstalar la antena.
Saludos y ! Suerte!

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