¿Es posible registrarse como pareja de hecho aunque se vaya a vivir en el extranjero?

Soy español y mi pareja actual es de China. Estuvimos 4 meses viviendo juntos en China y ahora estamos temporalmente durante 3 meses en España, aunque vamos a volver a China dentro de poco por trabajo.

Me gustaría saber si el registro como 'pareja de hecho' se mantiene aunque no vayamos a vivir próximamente en España. Ya que nos gustaría hacer oficial nuestra relación para en un futuro facilitar el trámite de visados para nuestros viajes a España.
Al ser de Aragón he visto que la legislación de aquí no requiere 2 años de convivencia, sino que se puede realizar con una escritura ante notario en la que se exprese la intención de mantener una relación estable.

Muchas gracias.

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Teniendo en cuenta que la norma bajo la que ustedes se constituyen como pareja de hecho es autonómica, sus efectos únicamente son aplicables mientras permanezcan residiendo de forma permanente en el territorio de la misma, ya que en caso contrario estaría buscando unos efectos jurídicos sobre algo que ha sido inexistente, aunque estuvieran registrados porque en el espacio temporal que se encuentren fuera del pais, es evidente que aquí no pueden estar, por razones obvias, y no produce efectos jurídicos porque le falta el requisito de la "permanencia física", y la salida de España es una suspensión de los mismos, para que me entienda.

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