Vivienda de Protección Oficial y Herencia

Me tocó un piso de protección oficial el 2 de abril, sorteo al que me apunté con mi pareja. Ayer nos llegó una carta que decía que no podíamos ser adjudicatarios porque yo tenía era cotitular de la vivienda en la que vivo. Yo no tenía ni idea de esto. Mi padre falleció el año pasado y según parece tengo un 16% de la vivienda en propiedad, con un valor de 90mil euros. Según la carta el valor de las participaciones de la vivienda en caso de ser cotitular de una propiedad por herencia no puede ser de más de 75mil euros, así que me quedo fuera.
Mi pregunta es, ¿no puedo rechazar la herencia o hacer una donación de esa parte de la propiedad? ¿Valdría hacerlo ahora con fecha posterior al sorteo?
Tengo tan sólo 9 días para ir a las oficinas a explicarlo, me urge una respuesta.

Respuesta
1

SI ya se adjudicó la herencia en su día, ya no puede repudiarla. No obstante, a tenor de lo que me cuenta, me extraña que usted haya procedido a adjudicarse la herencia y, por tanto, su parte. De no ser así, usted, a día de hoy, no es propietario de nada.

Si se adjudicó la herencia en su día, podría renunciar a su parte, cederla a otro coheredero o cualquier cosa que se le ocurra. Otra cosa es que se le permita hacer eso para poder adjudicarse la vivienda de protección oficial. Esto último deberá preguntarlo en las oficinas y ver qué posibilidades tiene.


Ruego cierre la pregunta valorando la respuesta.

3 respuestas más de otros expertos

Respuesta
1

Difícil está aportar documentos a posteriori.

¿Hicieron la declaración de herederos y el cuaderno particional?

Respuesta

Puedes donar tu parte a tus hermanos, pero no te va a dar tiempo de hacerlo en 9 días, o eso creo.

Respuesta

¿En qué comunidad autónoma está la VPO?

En Guipuzcoa

Deshaciéndose de esa parte de la vivienda no va a conseguir que le adjudiquen la VPO.

No entiendo, ¿por qué razón? Si dejo de tener propiedades cumpliría los requisitos, no?

El requisito de necesidad de vivienda se debe cumplir desde la fecha de la calificación provisional de las VPO, no después de comunicarle que no cumple ese requisito.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas