Administración Publica

Hola:
En referencia a lo que te preguntaba ayer, he encontrado esta nota del Tribunal evaluador colgada en la pagina web. ¿Puede hacer esto la empresa?
El Tribunal Evaluador de la OPE de EUSKAL TELEBISTA informa que en la sesión celebrada ayer jueves día 1 de diciembre el miembro de este Tribunal en representación del Sindicato LAB anunció la intención del comité de empresa de impugnar por las vías que considere oportunas la prueba de test psicotécnico y/o de personalidad celebrada el pasado 1 de octubre. En consecuencia, este Tribunal Evaluador se ve obligado, por razones de seguridad jurídica en el desarrollo del proceso selectivo, a suspender el mismo a la espera del resultado de dicha impugnación.
El proceso se reanudará en el momento en que se resuelva definitivamente la anunciada impugnación y el Tribunal Evaluador pueda en consecuencia dar por definitivos los resultados de la prueba, y pueda convocar el resto de pruebas pendientes.
Gracias y Saludos

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La respuesta que le dí ayer sigue siendo igual de válida que la que le daría hoy.
El comité de empresa podrá anunciar o interponer todas las acciones que la ley ponga a su alcance, lo que no significa en ningún caso es que una convocatoria quede suspendida -sin apoyo legal alguno porque la LRJPAC no lo contempla-, porque el Tribunal estará cautivo de dicho órgano, que entre otras cosas y dicho sea de paso, nada tiene que ver el uno con el otro, ya que han de ser los tribunales de justicia, llegado el caso, quienes a través de un procedimiento contencioso-administrativo que hay que iniciar en la vía administrativa, se manifiesten sobre dicha impugnación -que entre otras cosas, ni siquiera se ha producido-.
Le reitero que le aconsejo, no solo a usted, sino a todos los opositores a que presenten individualmente escritos, con la misma redacción, para interponer paralelamente acciones contra la Administración por dejación de funciones.

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