Consulta sobre mi contrato de arrendamiento

Quería consultarle.. A día de hoy estoy viviendo en un piso de alquiler desde Diciembre de 2011.. Me he quedado embarazada y debido a que este tiene una habitación, hemos decidido cambiar. El contrato por lo visto.. Y digo por lo visto, ya que cuando lo firme no me había fijado... Hay una clausula que me pone que si me voy antes, por año que me queda debo abonar un, mes... ¿esto es si me fuera antes del año? ¿O quieren reclamarme lo que me queda para los 5? ¿Es legal? </span>

En el contrato no me comenta nada de que tenga que avisar un mes o dos antes.. ¿cuántos por ley debería avisar con antelación? Y que me pueden pedir de ello.. Yo tengo entregada dos meses de fianza.. Debo algún que otro mes de retraso.. Pero el piso está impecable..</span>

Cuando tuve algún que otro mes problemas para pagar, el me dijo que prefería que marchara a que se acumulara mas la deuda... ¿puedo arragarme a esto? Como debería actuar..</span>

Respuesta
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En primer lugar, entiendo que tu contrato esta firmado por un periodo de 5 años, por lo tanto, conforme a lo dispuesto en el Art. 11 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (ley 29/1994 de 24 de noviembre) "Las partes podrán pactar en el contrato que, para el caso de
desistimiento, deba el arrendatario indemnizar al arrendador con una
cantidad equivalente a una mensualidad de la renta en vigor por cada año
de contrato que reste por cumplir. Los períodos de tiempo inferiores al
año darán lugar a la parte proporcional de la indemnización", por lo tanto, según la ley deberías indemnizar al arrendador con una mensualidad de renta por cada año que te quede por cumplir hasta alcanzar los 5 años de duración.

En cuanto, al tiempo de preaviso, dispone el Art. 9 de la Ley de Arrendamiento Urbanos que ha de avisarse con "treinta días de antelación como mínimo a la fecha de terminación del contrato o de cualquiera de sus prórrogas,".

Respecto de las mensualidades que están impagadas, el arrendador puede reclamarte dichas mensualidades.

Muchas Gracias por la rapidez de su respuesta.

Y en el caso de que no pudiera hacer frente al pago de la deuda pendiente, es posible dejar la vivienda y llegar algún tipo de pacto mensualmente?

Ya que no me queda otra opción que si me obligan a pagar y no tengo..o me quedo en la vivienda o como es lógico, marcho y pacto algo con ellos..es posible? de que manera podría solventarlo?

Gracias

Eso debes hablarlo con el arrendador, es él quien tiene que aceptar o no el acuerdo que le propongas.

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