Prescripción multa tráfico

El 18/11/2010 recibí una multa de tráfico por aparcar mal de 200 euros, interpuse recurso de reposición y ahora después de tres años me contestan desestimando el recurso. Recurrí porque no me dieron opción a pagar la mitad de la multa o sea la bonificación del 50 % ya que solo recibí la notificación que me obligaba a pagar toda la multa, puesto que la primera no se llegó a notificar. Ahora me condenan a pagar todo cuando está claro que no me dieron la oportunidad de pagar la mitad (una auténtica dictadura).

Mi pregunta es: ¿Está prescripta la multa? ¿Si interpongo recurso contencioso administrativo tengo que pagar tasas y llevar abogado? Si es así no me compensará y el dictador se saldrá con la suya, vaya país, estamos desamparados por la ley.

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A efectos prácticos, interponer un recurso contencioso administrativo no es efectivo, porque le costará más el recurso que el importe mismo de la multa.

La multa podría estar prescrita, por el transcurso del tiempo prácticamente seguro que han pasado más de 6 meses de inactividad en la tramitación del recurso.

Tendrá que ir al ayuntamiento en cuestión y ver el expediente sancionador para comprobar que es así. Y si lo es, presentar un escrito (un simple escrito sin más) con destino a ese expediente, solicitando que se aprecie la prescripción de la sanción.

Con suerte no le obligarán esta vez a llegar al recurso contencioso administrativa, pero cabe la posibilidad de que, al final, se encuentre con el mismo problema.

Pero hay que intentarlo, ya que el otro camino es pagar la multa.

www.lopezcollado.es

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