Problemas con mitad casa de mis padres

En primer lugar mi agradecimiento de antemano y formularles la siguiente pregunta:
Tenemos mi hermana y yo una mitad de una casa heredada de mis padres que tenemos pensado vender y deshacernos de ella aunque no sea a un precio muy elevado. El problema está que a solicitar datos de la misma al registro vemos que actualmente la casa esta inscrita a nombre de mi abuela, fallecida abintestato adjudicando ese bien (la casa) a su viudo y sus dos hijos (uno de ellos nuestra madre). En la casa han estado viviendo mis padres y nosotros más de 40 años (catastralmente a nombre de mis padres durante mucho años). Mis padres ha fallecido al igual que mi tío (hermano de mi madre) aunque viven sus hijos. Comentar que mi tío ni sus hijos no tienen que ver nada con la casa hace ya décadas y que no van a reclamar nada (a mi tío se le indemnizo en su día de otra forma).
¿Qué se puede hacer con esta situación? ¿Cuál es la situación más fácil para dar solución a la misma?

Respuesta
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No es que haya una solución fácil, sino que sólo existe una solución. Al no aceptar la herencia de su abuela, sus padres interrumpieron el tracto sucesivo en el Registro de la Propiedad (es decir, interrumpieron la cadena de transmisiones de la casa). Ahora usted y su hermana deben reanudar ese tracto para figurar como propietarios por causa de herencia.

Para ello es necesario aceptar ambas herencias, la de su abuela (lo que harían ustedes en representación de sus padres) y la de sus propios padres. Tendrían que acudir al notario TODOS los herederos. Eso incluye a los hijos de su tío, pues son herederos de la parte de él. Usted y su hermana aceptarían la herencia de su abuela en representación de sus padres, y sus primos lo harían (o no) a nombre de su tío fallecido.

Y digo "o no" porque, al señalar usted que ellos no quieren tener nada que ver, les bastaría con manifestar ante el notario su renuncia a la herencia de su tío. Al renunciar sus primos a su parte, la casa quedaría enteramente para usted y su hermana. Luego podrían presentar estas Escrituras notariales ante el Registro de la Propiedad, y se inscribiría que la vivienda les pertenece por herencia y en proindiviso.

Sé que no es una solución fácil, pero es la única que hay para que ustedes puedan figurar como propietarios.

Un cordial saludo.

Si la respuesta le satisface, ruego la cierre y valore lo antes posible.

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Respuesta
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Al estar todas las partes de acuerdo, lo más practico, rapido y también mas barato es hacer la adjudicación de herencia de dicha vivienda y extinguir el condominio de la misma de tal forma que al final de dicho proceso los dueños de la vivienda serian usted y su hermana. Repito, si todos están de acuerdo, y nadie reclama.

Gracias por su pronta respuesta.

Pero la duda que tengo es que cuando falleció mi abuela en el abintestato y en la liquidación que se hizo en la misma fecha no se adjudico la vivienda a mi madre en particular. Que lugar tendrían hay mis primos (hijos del hermano de mi madre) legalmente hablando, tendrían que participar en esa adjudicación de alguna forma (son 5 hijos y están residiendo fuera). Además habría 2 adjudicaciones pendientes: una de mi abuela a mi madre y su hermano y otra de mi padre hacia nosotros (mi hermana y yo).

Como se podría hacer en la práctica?

Si no se le adjudico a su madre en particular, es que también participo su tío, en ese caso serian su madre y su tío los dueños y ahora sus herederos.

Si no es así, tendrán que adjudicar las dos herencias, se puede hacer en una misma escritura compareciendo todos los herederos.

Claro. oficialmente es así. Pero el problema en que aparte de que ambos herederos y dueños ya han fallecido es que ni mi tío ni sus hijos en la práctica tienen que ver con la vivienda en cuestión. Otro problema es que los hijos de mi tío (5 hijos) está fuera de la localidad en la que está el inmueble y en la que nosotros si residimos. Habría alguna forma en la que no intervinieran mis primos (no tienen nada que ver con la casa en la práctica aunque a efectos legales imagino que sí).

Se podría hacer una documento de renuncia firmada por ellos.No sería suficiente las pruebas que nosotros pudiéramos aportar (pagamos la contribución y el resto de impuestos unido a una posesión pacifica y continuada de la vivienda durante años) unido a un acta de notoriedad notarial, No sé, alguna formula ......

La casa es nuestra sólo que es tracto se ha interrumpido y el eslabón del medio (mi madre) ha fallecido.

Si la mitad de la casa esta a nombre de su tío, son su primos los dueños de esa parte. Tendrán ellos que comparecer y transmitirles a usted y a su hermana dicha parte. Su presencia es esencial y no se puede sustituir.

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El asunto esta en que tenéis que hacer la herencia de tu abuela con la aceptación y adjudicación de la misma, para poder finalmente inscribirla a vuestro nombre, y poder inscribir a su nombre el futuro comprador. En cuanto a tus primos igualmente deberán comparecer en la escritura, y habrá que ver como se refleja el pago que se les hizo en su día.

Lo mejor es que acudas directamente con la documentación de que dispongas a un Abogados o una Notaria.

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