¿Dinero que está en el juzgado?.

Usted me ha contestado esto:
Tiene que ir directamente al Juzgado y preguntar en el mostrador que suele haber en todos los Juzgados a fin de que le localicen el procedimiento. Usted les facilita sus datos y ellos le dirán el número de Juzgado y el número de procedimiento.
Con eso, acuda al Juzgado que le hayan dicho y hable con el funcionario que lleve el procedimiento. Lo que le tiene que decir es que quiere que se le expida mandamiento de devolución por las cantidades que hay en el procedimiento y que, según me comenta usted, le pertenecen.
Y ahora me dicen que esto lo tengo que hacer mediante un abogado o procurador, ¿es cierto?. Yo no tengo dinero para solicitar abogado. Gracias de nuevo y perdone que le vuelva a molestar.

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En cierta medida, eso es cierto. Ahora bien, necesita abogado y procurador si desea personarse en las actuaciones, para participar en el procedimiento etc... pero para solicitar que le entreguen el dinero consignado no tiene por qué personarse.
No obstante, (no se si quien le ha dicho eso es alguien del Juzgado) cada Juzgado es un mundo y quizá le exijan personarse pero vamos, yo lo que haría sería lo que le he contestado en la pregunta anterior.
Si no le entregan el mandamiento con la simple presentación, por ejemplo, de un escrito solicitándolo, no tendrá mas remedio que hacerlo con abogado y procurador.
Ruego cierre la pregunta valorando la respuesta.

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