Problema con un caso de notificaciones
Buenos días
Tengo dudas sobre si en el siguiente caso la notificación sería o no defectuosa, es como sigue:
Alguien recibe en su domicilio, y mediante correo ordinario, una notificación dentro del plazo de 10 días que marca la ley, la carta se la queda el portero y por despecho ésta no se la hace llegar a su destinatario. "en este caso entiendo que la notificación no sería válida al no haberse enviado por correo certificado y que contraviene el párrafo 1 del artitculo 59 del LRJPAC".
Sin embargo el caso se complica un poco más y dice : un mes después el ayuntamiento realizó un segundo intento de notificación mediante correo certificado. En esta ocasión su destinatario la rechazó. Aquí tengo mis dudas sobre si la notificación es defectuosa, no se si porque la administración no ha cumplido con el plazo de los diez días o bien porque desde la primera notificación no puede pasar más de tres días para enviar la segunda;y en el caso de que fuera defectuosa , ¿se subsanaría automáticamente por el hecho de que su destinatario la hubiera recibido?
Si pudieran sugerirme algo les estaría muy agradecido.
Un saludo
Francisco Belchí